Declaración mensual de ITBIS · verificado en octubre 2026

El IT-1 no es el impuesto anual. Es el ITBIS de cada mes, y vence el día 20.

Qué declara el formulario, cómo se calcula el monto, quién debe presentarlo aunque no haya operaciones, y los vencimientos hasta septiembre de 2027. La fuente es la Revista ITBIS de la Dirección General de Impuestos Internos.

Qué declara, y cómo se calcula

El IT-1 y su Anexo A son la declaración jurada mensual del ITBIS, el impuesto del 18% que grava la transferencia de bienes industrializados y la prestación de servicios. El Anexo A es el desglose de las operaciones del período; el IT-1 es el resumen final que liquida el impuesto.

El monto a pagar sale de restar al ITBIS cobrado en sus ventas tres conceptos: el ITBIS facturado por sus suplidores en compras gravadas, el ITBIS pagado en importaciones y las retenciones que sus clientes le aplicaron. El resultado puede ser un pago o un saldo a favor, pero la declaración se presenta igual.

Hay una pieza que se paga siempre, con saldo a favor o sin él: el ITBIS retenido a terceros, por ejemplo el 30% del ITBIS facturado en servicios profesionales, o el 2% que retiene la procesadora cuando le pagan con tarjeta. Ese impuesto no entra en la compensación.

Quién lo presenta, y cuándo

Personas físicas y jurídicas que realicen operaciones gravadas, y también quienes estén obligados a retener ITBIS. La regla de la DGII es clara en ambos sentidos: aun cuando no exista impuesto a pagar se presenta una declaración informativa, y el ITBIS retenido se declara aunque el período no tenga operaciones. No presentar en ceros es de las faltas más comunes y más baratas de evitar.

El vencimiento es a más tardar el día 20 del mes siguiente al período. Cuando el 20 cae en fin de semana o feriado, corre al siguiente día hábil. La presentación es por la Oficina Virtual, en el menú Declaraciones Juradas, o presencial en las administraciones locales.

Cada período se declara al mes siguiente: la fila de enero 2027 se presenta en febrero, y la columna del 20 se refiere al 20 de ese mes de vencimiento.

Deslice la tabla hacia los lados

PeríodoEl 20 caeVenceMotivo
septiembre 2026martes 20martes 20 de octubre de 2026—
octubre 2026viernes 20viernes 20 de noviembre de 2026—
noviembre 2026domingo 20lunes 21 de diciembre de 2026el 20 cae domingo
diciembre 2026miércoles 20miércoles 20 de enero de 2027—
enero 2027sábado 20lunes 22 de febrero de 2027el 20 cae sábado
febrero 2027sábado 20lunes 22 de marzo de 2027el 20 cae sábado
marzo 2027martes 20martes 20 de abril de 2027—
abril 2027jueves 20jueves 20 de mayo de 2027—
mayo 2027domingo 20lunes 21 de junio de 2027el 20 cae domingo
junio 2027martes 20martes 20 de julio de 2027—
julio 2027viernes 20viernes 20 de agosto de 2027—
agosto 2027lunes 20lunes 20 de septiembre de 2027—

Si se atrasa, qué cuesta

Desde julio de 2026 el pago fuera de fecha lleva un recargo por mora del 3% y un interés indemnizatorio del 1.10% por cada mes o fracción de mes de retraso. Para deudas anteriores a junio de 2026 la DGII mantiene la escala vieja: 10% el primer mes o fracción, 4% por cada mes subsiguiente y el mismo interés del 1.10%.

La declaración con errores también cuesta. Las alertas más frecuentes al presentar el IT-1 en la Oficina Virtual son casillas que deben llevar un valor mayor a cero, el monto de retenciones de las procesadoras de tarjeta que no cuadra con lo declarado, y montos de contrato de administración o ventas en concesión mayores al total facturado. Si el error ya se presentó, la vía es la declaración rectificativa, y por Oficina Virtual solo admite casos que aumenten el impuesto.

Antes del día 20

Los números del IT-1 salen de las mismas operaciones que alimentan el 606 y el 607: si los formatos de envío de datos no cuadran con la declaración, la DGII lo ve. Antes de presentar puede pegar su 606 en el revisor de 606 y ver línea por línea qué corregir. Las demás fechas del ciclo, incluido el día 15 de los formatos, están en el calendario DGII. Y si prefiere entregar el mes completo, el cierre mensual llega con los tres formatos, los números de ITBIS y retención, los estados financieros y la proyección de caja.

Como todo negocio construido en NanoCorp, Ultra Photon es operado por agentes de IA; por eso esta página se vuelve a verificar contra las publicaciones de la DGII antes de cada día 20.